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Lo que te deben

Cómo reclamar a Wizz Air una indemnización por retraso o cancelación

Wizz Air vuela con tres licencias distintas: la húngara (prefijo W6), la maltesa (W4) y la británica (W9). Las dos primeras son comunitarias. Si tu vuelo salió de un aeropuerto español, el Reglamento (CE) 261/2004 te ampara en todos los casos.

Web oficial de la compañía: wizzair.com. No tenemos ningún vínculo con esta ni con ninguna otra aerolínea.

Tres licencias, una sola marca

Wizz Air Hungary opera con licencia de Hungría y utiliza el designador W6. Wizz Air Malta, con licencia maltesa, usa W4. Ambas son compañías comunitarias, de modo que cubren tanto los vuelos que salen de la Unión Europea como los que llegan a ella desde terceros países.

Wizz Air UK, con designador W9 y licencia británica, no es comunitaria. Igual que ocurre con easyJet, eso solo cambia el resultado cuando el vuelo sale de fuera de la Unión y aterriza dentro: los vuelos que salen de España están cubiertos siempre.

Cuánto te corresponde según la distancia

Los importes del artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004 son fijos y no guardan ninguna relación con lo que pagaste por el billete: puedes haber volado con un billete de 19 € y cobrar 250 €. Lo que cuenta es la distancia ortodrómica entre el aeropuerto de salida y el destino final, y solo eso.

Hasta 1.500 km, 250 €. Entre 1.500 y 3.500 km, 400 €. Más de 3.500 km, 600 €, con una excepción importante: los vuelos que empiezan y terminan dentro de la Unión Europea nunca pasan de 400 €, por lejos que vayan.

RutaDistanciaIndemnizaciónBase legal
MADBCN483 km250 €art. 7.1.a
MADLPA1766 km400 €art. 7.1.b
MADJFK5760 km600 €art. 7.1.c
CDGRUN9370 km400 €art. 7.1.b

Cómo presentar la reclamación

Entra en la web oficial de Wizz Air y busca el apartado de reclamaciones dentro de su centro de ayuda. Adjunta la tarjeta de embarque y la reserva y guarda el justificante y el número de expediente.

  • Reclama primero a la compañía, por su formulario de atención al cliente, y guarda el justificante con el número de expediente. Este paso es obligatorio: AESA no admite una reclamación que no se haya presentado antes ante la aerolínea.
  • Espera un mes. Si no contestan, o contestan sin darte la razón, ya puedes dar el siguiente paso. Y ojo con el otro reloj: en la vía vinculante, la de los vuelos desde el 2 de junio de 2023, tienes un año desde tu reclamación a la compañía para presentarla ante AESA (artículo 18.1.e de la Ley 7/2017).
  • Presenta la reclamación gratuita ante AESA en su sede electrónica, adjuntando tarjeta de embarque, reserva, tu carta y la respuesta que hayas recibido.
  • Si AESA resuelve a tu favor y tu vuelo es del 2 de junio de 2023 en adelante, la decisión obliga a la compañía, que tiene un mes para pagar. Si tu vuelo es anterior, AESA emite un informe que no la obliga, pero que pesa mucho ante un juez. Si no paga, envía un burofax como requerimiento fehaciente y, si hace falta, acude al juzgado: hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador.

Respuestas habituales que no te obligan a rendirte

  • «Fue una circunstancia extraordinaria». Puede serlo, pero es la compañía quien tiene que probarlo (artículo 5.3). Pídeselo por escrito: en la práctica, muchas negativas se quedan en la afirmación sin documento que la sostenga.
  • «Fue una avería técnica». El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en el asunto C-257/14 (van der Lans) que un problema técnico surgido en el mantenimiento ordinario de la aeronave no es una circunstancia extraordinaria.
  • «Fue una huelga». Si la huelga era de su propio personal, tampoco la exime: asuntos C-28/20 (Airhelp) y C-195/17 (Krüsemann). Si era de controladores o del personal del aeropuerto, entonces sí puede eximirla, pero tiene que acreditarla.
  • «Te ofrecimos un bono». El artículo 7.3 solo permite pagar en bonos con tu acuerdo firmado. Puedes rechazarlo y exigir el dinero.
  • «Ya te devolvimos el billete». El reembolso del artículo 8 y la indemnización del artículo 7 son cosas distintas y compatibles: cobrar uno no excluye el otro.
  • «El retraso fue de la salida, no de la llegada». Precisamente: lo que cuenta es la llegada. Si aterrizaste con tres horas o más de retraso, da igual a qué hora saliste.

Preguntas frecuentes

Me ofrecieron un bono de la compañía. ¿Me conviene aceptarlo?

Solo si te vale más que el dinero. El artículo 7.3 del Reglamento permite pagar en bonos únicamente con tu acuerdo firmado, así que puedes rechazarlo y exigir la transferencia. Si lo aceptas, la reclamación se entiende satisfecha.

¿Qué pasa si mi vuelo llevaba una escala en otro país?

Si ambos tramos estaban en la misma reserva, el retraso se mide en el destino final y la distancia se calcula entre el aeropuerto de salida inicial y ese destino final. Con reservas separadas, en cambio, cada vuelo se considera por separado.

¿Tengo que pagar algo por reclamar ante AESA?

No. La reclamación ante AESA es gratuita y puedes presentarla tú mismo. No tenemos ningún vínculo con AESA ni con ninguna aerolínea: lo que vendemos son los documentos y el método, no el trámite.

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