Vuelo retrasado o cancelado en Lanzarote: qué te deben
Lanzarote es la isla canaria más cercana a la península, y aun así sus vuelos a Madrid cruzan la frontera de los 1.500 km. Por poco, pero la cruzan: y ese «por poco» sube un tramo entero la indemnización. Es el ejemplo más limpio de por qué la distancia hay que calcularla y no estimarla.
Cuánto te corresponde desde Lanzarote, destino por destino
Distancias calculadas con el motor del diagnóstico y las coordenadas reales de cada aeropuerto. La fila de Madrid es la que decide el cuento.
Desde Lanzarote, Tenerife Norte queda a 272 km y paga 250 €; Madrid, a 1575 km, paga 400 €. La frontera de los 1500 km del artículo 7.1 pasa entre esos dos destinos: mismo retraso, misma compañía y 150 € de diferencia según a cuál de los dos volabas.
| Ruta | Distancia | Indemnización | Base legal |
|---|---|---|---|
| ACE → LPA | 207 km | 250 € | art. 7.1.a |
| ACE → TFN | 272 km | 250 € | art. 7.1.a |
| ACE → MAD | 1575 km | 400 € | art. 7.1.b |
| ACE → BCN | 1974 km | 400 € | art. 7.1.b |
| ACE → LGW | 2710 km | 400 € | art. 7.1.b |
| ACE → MAN | 2866 km | 400 € | art. 7.1.b |
| ACE → DUB | 2787 km | 400 € | art. 7.1.b |
| ACE → DUS | 3007 km | 400 € | art. 7.1.b |
El margen más estrecho de España, y vale el doble de indemnización
El vuelo Lanzarote-Madrid supera el límite del artículo 7.1.a por un puñado de kilómetros, y eso lo sitúa en el tramo de los 400 €. No hay ninguna interpretación que discutir: la distancia ortodrómica es una operación aritmética sobre dos pares de coordenadas, y el resultado cae a un lado de la raya.
La consecuencia práctica es que una respuesta de la compañía ofreciendo 250 € por un Lanzarote-Madrid retrasado no es una oferta a la baja: es una aplicación incorrecta del artículo 7. Y se contesta con la distancia, que es un dato objetivo y verificable.
El resto de la red de Lanzarote es sobre todo británica e irlandesa —Gatwick, Mánchester, Dublín, Edimburgo— y alemana, y toda ella está claramente por encima de los 1.500 km. En el corredor británico, además, cambia el ordenamiento del vuelo de vuelta.
Quién resuelve tu reclamación si el vuelo salió de Lanzarote
Quién resuelve tu reclamación lo decide el aeropuerto, no la compañía. El artículo 16.1 manda a cada Estado designar un organismo responsable «en lo que concierne a los vuelos procedentes de aeropuertos situados en su territorio y a los vuelos procedentes de un país tercero y con destino a dichos aeropuertos». En España ese organismo es AESA: si tu vuelo salió de un aeropuerto español, tu reclamación se resuelve aquí aunque volaras con una compañía extranjera.
Un Lanzarote-Londres-Gatwick son 2710 km: si el retrasado es el de ida, que sale de España, te corresponden 400 € por el Reglamento europeo y reclamas ante AESA. Si el retrasado es el de vuelta, que sale del Reino Unido, te corresponden 350 £ por el régimen británico, y esa vía no la resuelve AESA. Mismo avión, mismo asiento, dos ordenamientos.
La reclamación ante AESA es gratuita, se presenta en su sede electrónica y no necesita abogado. Antes hay que haber reclamado a la compañía y haberle dado un mes: sin ese paso previo, AESA inadmite el expediente.
Cómo reclamarlo, paso a paso
El procedimiento es el mismo para cualquier vuelo que salga de Lanzarote, con independencia de la compañía. Lo único que cambia según el caso es el importe, y ese lo calcula el diagnóstico con tus datos.
- Reclama primero a la compañía, por su formulario de atención al cliente, y guarda el justificante con el número de expediente. Este paso es obligatorio: AESA no admite una reclamación que no se haya presentado antes ante la aerolínea.
- Espera un mes. Si no contestan, o contestan sin darte la razón, ya puedes dar el siguiente paso. Y ojo con el otro reloj: en la vía vinculante, la de los vuelos desde el 2 de junio de 2023, tienes un año desde tu reclamación a la compañía para presentarla ante AESA (artículo 18.1.e de la Ley 7/2017).
- Presenta la reclamación gratuita ante AESA en su sede electrónica, adjuntando tarjeta de embarque, reserva, tu carta y la respuesta que hayas recibido.
- Si AESA resuelve a tu favor y tu vuelo es del 2 de junio de 2023 en adelante, la decisión obliga a la compañía, que tiene un mes para pagar. Si tu vuelo es anterior, AESA emite un informe que no la obliga, pero que pesa mucho ante un juez. Si no paga, envía un burofax como requerimiento fehaciente y, si hace falta, acude al juzgado: hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador.
Respuestas habituales que no te obligan a rendirte
- «Fue una circunstancia extraordinaria». Puede serlo, pero es la compañía quien tiene que probarlo (artículo 5.3). Pídeselo por escrito: en la práctica, muchas negativas se quedan en la afirmación sin documento que la sostenga.
- «Fue una avería técnica». El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en el asunto C-257/14 (van der Lans) que un problema técnico surgido en el mantenimiento ordinario de la aeronave no es una circunstancia extraordinaria.
- «Fue una huelga». Si la huelga era de su propio personal, tampoco la exime: asuntos C-28/20 (Airhelp) y C-195/17 (Krüsemann). Si era de controladores o del personal del aeropuerto, entonces sí puede eximirla, pero tiene que acreditarla.
- «Te ofrecimos un bono». El artículo 7.3 solo permite pagar en bonos con tu acuerdo firmado. Puedes rechazarlo y exigir el dinero.
- «Ya te devolvimos el billete». El reembolso del artículo 8 y la indemnización del artículo 7 son cosas distintas y compatibles: cobrar uno no excluye el otro.
- «El retraso fue de la salida, no de la llegada». Precisamente: lo que cuenta es la llegada. Si aterrizaste con tres horas o más de retraso, da igual a qué hora saliste.
Preguntas frecuentes
La compañía me ofrece 250 € por un Lanzarote-Madrid. ¿Acepto?
Antes de aceptar, comprueba la distancia: la ruta supera los 1.500 km, así que el tramo aplicable es el de los 400 €. Aceptar una cantidad inferior en un acuerdo cierra normalmente la reclamación, de modo que conviene contestar con el cálculo antes de firmar nada.
¿Y un Lanzarote-Tenerife?
Ese sí está en el primer tramo: 250 € si llegaste con tres horas o más de retraso. Entre islas, todas las rutas quedan muy por debajo del límite.
Mi vuelo salía de Gatwick hacia Lanzarote. ¿Reclamo en libras?
Sí. Un vuelo que sale de un aeropuerto británico va por el régimen británico, con importes propios en libras y con un organismo de resolución distinto de AESA. El diagnóstico lo detecta por los aeropuertos y prepara la guía de esa vía.
Fuentes
- Artículo 7.1.b del Reglamento (CE) 261/2004
- Artículo 7 del Reglamento 261/2004 tal como rige en el Reino Unido
- S.I. 2019/278, que sustituyó el artículo 7 al salir de la Unión
- AESA — Derechos de los pasajeros
Comprobado el 6 de agosto de 2026. Si encuentras un dato que no cuadre con su fuente, escríbenos y lo corregimos.